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Los “alimentos funcionales” no curan ni previenen por sí solos alteraciones ni enfermedades. Sus virtudes, de manera más precisa, radican en ciertos efectos benéficos para el mantenimiento de la salud y su contribución a reducir el riesgo de padecer determinadas enfermedades. Los expertos recomiendan el uso de estos alimentos en circunstancias concretas.
Los consumidores del siglo XXI se ven a menudo saturados por una carga comercial que presenta las grandes “panaceas alimentarias”. Ofrecen el oro y el moro, como reza un adagio popular. Estandarizan el consumo, sin desarrollar previamente programas de información para su correcto uso.
Los alimentos funcionales, en la actualidad, son producto de esta mitificación comercial. En muchos países del mundo se ha extendido la idea de su necesaria incorporación a la dieta de todo ser humano, así como sus grandes propiedades curativas y preventivas de enfermedades. ¿Qué hay de real en todo esto? Como en todo mito, algo de verdad, algo de mentira.
Estos productos surgen de las nuevas líneas de investigación en el ámbito de la Nutrición y la Salud. Se basan en estudios sobre la ingesta insuficiente de algunos nutrientes, así como en la relación directa entre una nutrición óptima y el mantenimiento de un buen estado de salud.
Hasta ahora, no existe una definición universal para los alimentos funcionales, tratándose más bien de un concepto que de un conjunto de productos. Hace 14 años, surgió en Japón el término “functional food”, en donde por primera vez, se establece un sistema de aprobación para estos alimentos, lográndose mediante resultados de investigaciones sobre los efectos beneficiosos atribuidos a un producto concreto.
En 1999, en Europa, un grupo de expertos coordinados por el ILSI, International Life Sciences Institute, definen un concepto más esclarecedor para este tipo de alimentos:
“Un alimento funcional es aquel que contiene un componente, nutriente o no nutriente, con efecto selectivo sobre una o varias funciones del organismo. Este es un efecto añadido por encima de su valor nutricional, y cuyos efectos positivos justifican que pueda reivindicarse su carácter funcional o incluso saludable”.
No obstante, según Gelma Yoldi y Maite Zudaire, los alimentos funcionales no curan ni previenen enfermedades por sí solos, ni son indispensables en la dieta. Su potencialidad radica en reducir el riesgo de contraer ciertas enfermedades, mas no en prevenir y mucho menos eliminar.
A pesar de que no existe una definición clara de los tipos de alimentos funcionales, se puede vislumbrar dos: los naturales y los de producto industrial conocidos como “alimentos fortificados o enriquecidos”.
Los componentes que hace que un alimento sea funcional han estado siempre en la naturaleza, es decir, el hombre ya consume este tipo de alimento en su dieta diaria. Así por ejemplo el licopeno en el jimote, los ácidos poliinsaturados omega 3 en el pescado, en los aceites de semillas (girasol, maíz, soja), las antocianinas en el vino, los prebióticos en el yogurt.
El consumo de este segundo tipo de alimentos funcionales, “alimentos enriquecidos”, son los innecesarios para la dieta normal de la población, de acuerdo con las dos investigadoras. “Una persona sana que sigue una dieta equilibrada ingiere, sin recurrir a alimentos funcionales de tipo enriquecidos o fortificados, todos los nutrientes que necesita”.
Los alimentos fortificados, que tienen un porcentaje mucho mayor de ciertos componentes que del consumo mínimo diario, vienen a ser una opción a tener en cuenta en circunstancias concretas. Deportistas de élite, personas que tienen alergia a ciertos componenetes de alimentos o que padecen enfermedades como diabetes, insuficiencia renal, alteraciones digestivas.
Por ejemplo, productos enriquecidos con sustancias antioxidantes como la vitamina E, C, carotenoides, zinc, polifenoles, compuestos de azufre, ayudan a reducir el riesgo de enfermedades cardiovasculares, degenerativas e incluso de cáncer. El consumo de este tipo de productos es recomendado para personas que presentan alergias a alimentos naturales que contienen estos componentes (vit. E en frutos secos, aceites vegetales, germen de trigo; vit. C en cítricos, kiwi pimkiento, tomate, zinc en carnes pescados, entre otros).
Una muestra más gráfica del consumo adecuado de alimentos fortificados, constituyen los productos enriquecidos en fitosteroles, que son una opción para quienes tienen niveles de colesterol elevados. Estos son alimentos a los que se añaden sustancias vegetales similares al colesterol humano, que contribuyen a reducir los niveles del llamado “mal colesterol” (LDL-c) en la sangre. En el mercado existen una margarina y un yogurt líquido a los que se les han agregado fitosteroles. El primer producto ha sido aprobado como alimento funcional por el Comité Científico de Alimentación Humana de la Unión Europea. Estos alimentos actúan como fármacos capaces de reducir el colesterol.
Así como aparecen decenas de productos fortificados, a la vez surge la necesidad urgente de que exista un marco de reglamentación que regule el aparecimiento de estos, dentro del consumo mundial.
Para que un alimento funcional, de orden industrial, sea catalogado como tal, deben realizarse estudios científicos, que comprueben sus efectos añadidos sobre su valor nutricional.
En México, este tipo de alimentos no están regulados ni existe, por tanto, una normativa específica, salvo para algunos productos que entran en este concepto, como los “preparados para regímenes dietéticos o especiales” y los “enriquecidos en vitaminas y minerales”. Algunos ejemplos de preparados de este tipo son: alimentos para lactantes y niños de corta edad, sanos o con alguna patología. Así también, alimentos sin gluten, con reducido contenido en ciertos aminoácidos o sin ellos, etc.
A este vacío legal se suma la inexistencia de informaciones básicas e importantes en los etiquetados de estos productos. Aquí, el mercado masifica el consumo de alimentos fortificados, convirtiéndolo en “indispensable e ideal” en la dieta diaria.
Contrariamente a la situación mexicana, en algunos países como Suecia y Reino Unido si hay una legislación firme sobre el tipo de afirmaciones que el marketing debe manejar en este tipo de productos. Al respecto, la Unión Europea está trabajando en un proyecto para establecer directivas que regulen las estrategias publicitarias, barajándose la posibilidad de prohibir cualquier alusión a la prevención o cura de enfermedades. Así también, el Comité Científico de la Alimentación Humana, SCF, será el organismo encargado de formular las opiniones científicas en relación con la salud del consumidor y la seguridad de los alimentos.
En América Latina, como en el resto del mundo, se hace imprescindible seguir estos pasos de seguridad alimentaria y manejo responsable de la información mercantil.
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